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Desempeño 2025

Metodología

Nueva metodología de evaluación al desempeño de regidoras y regidores

En esta tercera edición, hemos trabajado en la elaboración e implementación de una nueva metodología de evaluación, diseñada para medir de manera integral el desempeño de las y los regidores del ayuntamiento. Esta metodología se basa en criterios cuantitativos y cualitativos que reflejan su compromiso, participación y aportaciones en el ejercicio de sus funciones, con el objetivo de promover la transparencia, la rendición de cuentas y la cercanía con la ciudadanía.

Además de evaluar los porcentajes de asistencia y la participación sustantiva durante las sesiones de cabildo, esta nueva metodología incorpora como parte fundamental del desempeño las acciones de involucramiento con la ciudadanía y las propuestas que promuevan el desarrollo del municipio.

Evaluación

Nuevos criterios
de evaluación

Rendición de informes de trabajo sobre el desarrollo de acciones de involucramiento con ciudadanía (40%).

Este informe tendrá como objetivo detallar las acciones de involucramiento con la ciudadanía realizadas por las y los regidores, en cumplimiento de sus obligaciones y facultades establecidas por la Ley de Gobierno y Administración Municipal para el Estado de Sonora y el Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo.

El informe se realizará a través de un formato en el que las y los regidores deberán cargar la información de sus actividades realizadas, junto con la evidencia correspondiente (fotografías, documentos, actas, etc.). Este formato garantizará la transparencia y facilitará a la ciudadanía la consulta de las acciones reportadas.

Para facilitar la elaboración de dichos informes, se entenderá como acciones de involucramiento con la ciudadanía todas aquellas que promuevan la vigilancia, vinculación, participación ciudadana y gestiones en beneficio de la comunidad.

Dichas acciones podrán incluir, mas no limitarse a:

Además, se tomarán en cuenta las propuestas promovidas por las y los regidores destinadas al mejoramiento en la prestación de los servicios públicos y, en general, para la promoción del desarrollo en el Municipio, con independencia de si fueron o no aprobadas por Cabildo.

Estas propuestas podrán consistir en proyectos, programas, acuerdos, iniciativas reglamentarias y demás disposiciones del ayuntamiento que tengan como origen la iniciativa propia del regidor/a o que surjan de una iniciativa ciudadana.

La importancia
de los nuevos criterios

Esta metodología busca fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas al evaluar no solo la asistencia, sino también la calidad y el impacto del trabajo de las y los regidores. Al promover la presentación de informes detallados, la participación sustantiva en sesiones y el voto razonado, se fomenta una gestión más comprometida y cercana a las necesidades de la comunidad. Con esto, se garantiza que el ayuntamiento responda de manera efectiva a los retos de Hermosillo, fortaleciendo la confianza ciudadana en sus representantes.

Asistencia a sesiones de cabildo (20%)

Participaciones

Asistencia a sesiones de comisiones (20%)

Se otorgará el 20% a las y los regidores que asistan al 100% de las sesiones de todas las comisiones de las que formen parte. Al igual que en las sesiones de cabildo, el porcentaje se reducirá proporcionalmente con cada inasistencia registrada.

Este criterio toma en cuenta que las y los regidores pueden ser parte de varias comisiones, por lo que se evaluará su asistencia en todas ellas de manera integral.

Al día de hoy, se publicaron 38 actas de sesión de comisiones (Un gran logro considerando que al inicio del proyecto no se contaba con ningún acta de sesión publicada)

Ranking de asistencia

Jorge Iván Luna Sugich

PT

Asistencia 14/14

Adriana Teresita Gallego

PRI

Asistencia 14/14

Cassandra López Medrano

PRI

Asistencia 13/14

Martín Daniel del Sol Rangel

PRI

Asistencia 13/14

Onésimo Aguilera Burrola

PRI

Asistencia 12/14

Rogelio Arón Ramírez Peralta

PRI

Asistencia 14/14

José Ruperto Celaya Jiménez

PRD

Asistencia 12/14

Óscar Raúl García Sugich

PES

Asistencia 14/14

Luis Mario Rivera Aguilar

Partido Verde

Asistencia 13/14

Aurelio Orlando Cuevas Ramos

Partido Sonorense

Asistencia 14/14

Ana Paula Villalvazo Carillo

PAN

Asistencia 11/11

Dulce María Robles Moreno

PAN

Asistencia 14/14

Jesús Antonio Contreras Hermosillo

PAN

Asistencia 14/14

Karla María Salcido Burruel

PAN

Asistencia 14/14

María Celina Aldana Martínez

PAN

Asistencia 10/10*

Sergio Orlando Flores

PAN

Asistencia 14/14

Reymundo Lagarda Borbon

Nueva Alianza

Asistencia 13/14

Natalia Rivera Grijalva

Movimiento Ciudadano

Asistencia 12/14

Luz del Carmen Calvario Parra

Morena

Asistencia 14/14

Stephania Duarte Federico

Morena

Asistencia 11/14

Romelia Barnett Díaz

Étnica

Asistencia 13/14

Madeleine Bonnafoux Alcaraz

PAN

Asistencia 3/3*

Mónica Paola Robles Manzanedo

PAN

Asistencia 4/4*

* Las y los regidores que no participaron en alguna sesión, presentaron una justificación por ausencia.

Desempeño

Participación sustantiva en sesiones de cabildo (20%)

Se otorgará el 20% a las y los regidores que participen al menos una vez con el uso de la voz en las sesiones a las que asistan. La participación debe ser sustantiva, es decir, no se considerarán intervenciones que solo feliciten o secunden a otros.

Además, se promoverá el voto razonado: en caso de abstenerse en el voto de algún asunto, deberán justificar su decisión. De no hacerlo, perderán el 20% correspondiente a este criterio.

Este criterio busca fomentar una participación activa y significativa en los debates y decisiones del cabildo, evitando intervenciones superficiales.

Se revisaron más de 300 asuntos, dictámenes o propuestas Se identificaron un aproximado de 81 participaciónes sustantivas

Ranking de participación por sexo

Ranking de Cabildómetro

Asuntos más discutidos

Propuestas presentadas

Propuestas de Reforma a Reglamentos y Manuales del Ayuntamiento

Anuencias
Municipales

De los temas recurrentes fue el de las Anuencias Municipales de Alcoholes, ya que en cada una de las sesiones se aprobaban varios de estos permisos.

Incorporación
de bienes

Desincorporación, enajenación, venta y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles

Fundamento Jurídico

Ley de Gobierno y Administración Municipal para el Estado de Sonora

Artículo 68, Fracción VI
Son obligaciones de los Regidores:
Visitar las Comisarías y Delegaciones con el objeto de conocer la forma y las
condiciones generales en que se presten los servicios públicos municipales, así como el estado en que se encuentren los sitios, obras e instalaciones en que la comunidad tenga interés, debiendo informar al Ayuntamiento sobre los resultados de tales visitas;

Artículo 18, Fracción IV
Son derechos de los ciudadanos del Municipio:
Promover ante el Ayuntamiento, bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares
y disposiciones administrativas de observancia general en el Municipio;

Artículo 23
Los ciudadanos del Municipio en que residan, podrán presentar al Ayuntamiento
proyectos de creación, modificación, reforma, derogación o abrogación de ordenamientos respecto de materias competencia del mismo y que le corresponda a éste expedir.

Los instrumentos anteriores se establecen sin perjuicio de que el propio Ayuntamiento decida implementar cualquier otro que, a juicio del mismo Ayuntamiento o de la ciudadanía del Municipio, permita conocer de mejor fuente las decisiones colectivas sobre problemas que afecten el interés de la comunidad.

Artículo 32
Los Regidores forman parte del órgano colegiado que delibera, analiza, resuelve, controla y vigila los actos de administración y de gobierno municipal; tienen facultades de inspección y vigilancia en los ramos a su cargo

Ley de Gobierno y Administración Municipal para el Estado de Sonora

Artículo 69
Son facultades de los Regidores: Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban tomarse para el mejoramiento de los ramos de gobierno y administración, cuya vigilancia y evaluación les haya sido encomendada; Proponer al Ayuntamiento las acciones y proyectos convenientes para el mejoramiento en la 48 prestación de los servicios públicos y, en general, para la promoción del desarrollo en el Municipio

Artículo 143
El derecho de iniciar asuntos, proposición, dictamen, proyecto o innovaciones, corresponde a los integrantes del Ayuntamiento. Los servidores públicos de la administración municipal, ejercerán el derecho de iniciativa invariablemente por conducto del Presidente Municipal.

Los vecinos del Municipio en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos, podrán promover ante el Pleno del Ayuntamiento asuntos, proposición, dictamen, proyecto o innovaciones, por si o por conducto de asociaciones ciudadanas.

Ley de Gobierno y Administración Municipal para el Estado de Sonora

Artículo 68
Son obligaciones de los Regidores:
I. Asistir con puntualidad a las sesiones del Ayuntamiento y a los actos oficiales
a que sean citados por el Presidente Municipal o por conducto del Secretario
del Ayuntamiento;

Artículo 73.
El Ayuntamiento, para efectos de ejercer las facultades conferidas por la Constitución y las leyes, se reunirá en sesiones de acuerdo a las disposiciones que al efecto prevea la normatividad aplicable.

Artículo 112.
Los integrantes del Ayuntamiento, tienen la obligación de asistir a las Sesiones del Cuerp o Colegiado a que hubieren sido legalmente citados, atendiendo que debe hacerse en tiempo y forma legal.

Ley de Gobierno y Administración Municipal para el Estado de Sonora

Artículo 68.
– Son obligaciones de los Regidores:

III. Analizar, deliberar y votar sobre los asuntos que se traten en las sesiones de comisiones y del Ayuntamiento;

III. Desempeñar con eficiencia las comisiones que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones;

Artículo 34
Las comisiones de Regidoras y Regidores deben celebrar reuniones cuantas veces sea necesario para el correcto desahogo de los asuntos de su competencia y para tal efecto celebrarán sesiones que podrán ser ordinarias o extraordinarias.

Artículo 112.
Los integrantes del Ayuntamiento tienen la obligación de asistir a las Sesiones del Cuerpo Colegiado a que hubieren sido legalmente citados, atendiendo que debe hacerse en tiempo y forma legal.

Ley de Gobierno y Administración Municipal para el Estado de Sonora

Artículo 69
Cada sesión ordinaria y/o extraordinaria, se iniciará con la lectura del acta que contenga el o los acuerdos tomados en la sesión anterior. Después de la lectura, se procederá a suscribir el acta por todos los que intervinieron en la misma, procediendo a discutir el orden del día conforme a lo dispuesto en el reglamento interior del Ayuntamiento.

Tabla

Compromisos por la democracia
y la transparencia municipal